LEY REP Y RETROACTIVIDAD

La ley REP  Nº 20.920 no tiene efectos retroactivos ya que su aplicación no toma en cuenta situaciones previas a su  entrada en vigencia, como así mismo la ley REP no señala ninguna disposición en contrario.

En este sentido no queda claro  lo siguiente;

Lo residuos prioritarios que se generaron antes de la entrada en vigencia de la ley forman parte de las metas asociadas a la Gestión de Residuos que deben cumplir los productores?

En qué situación normativa  quedan aquellos residuos prioritarios que se generaron antes de la entrada en vigencia de la ley?


De igual forma cabe preguntarse en qué situación quedan con la entrada en vigencia de la ley REP aquellos generadores de residuos prioritarios que cuentan con autorizaciones ambientales, permisos sectoriales y demás autorizaciones, que eventualmente dichas autorizaciones se contrapongan con la ley REP?